- Se prohíbe la captura y caza de vida silvestre dentro el área protegida.
- No portar armas de ninguna clase.
- No se permite el uso de equipo de sonido o radio grabadoras.
- No están permitida las fogadas.
- No se permitirá la extracción de ninguna especie de flora o fauna vivo o muerto.
- Se prohíbe anclar en áreas de arrecife de corál, romper o pisar los corales. Las embarcaciones tienen que usar boyas para anclar en áreas de arrecife.
- No ingresar al parque con mascotas de ningún tipo.
- Solamente está permitida la pesca deportiva (cuerda y anzuelo), es prohibido el uso de trasmayos o atarrayas.
- No imite los sonidos de los animales, ya que perturba su comportamiento natural.
- Use siempre, durante su viaje en lancha, chalecos salvavidas.
Esta publicación fue posible gracias al financiamiento del Proyecto de Gestión Sostenible de Recursos Naturales y Cuencas del Corredor Biológico Mesoamericano en el Atlántico Hondureño (PROCORREDOR), a través de la Subvención 09, misma que es asignada al RVST a través de la Gestión de la Secretaria de Recursos Naturales (SERNA) y apoyo financiero de la Unión Europea. Sin embargo, las opiniones e ideas presentadas en esta página no necesariamente reflejan los puntos de vista de la Unión Europea.